Se trata de subvenciones para financiar el desarrollo de actividades de las Reales Academias y Academias de ámbito nacional, derivados del cumplimiento de su labor cultural, científica, investigadora y de difusión del saber en sus diversos campos. Se conceden en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria pública.
Se trata de subvenciones para financiar gastos de funcionamiento y desarrollo de actividades de las Reales Academias, Academias y otras instituciones con naturaleza y fines similares, derivados del cumplimiento de su labor cultural, científica, investigadora y de difusión del saber en sus diversos campos. Se conceden en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria pública.Reales Academias, Academias y otras instituciones con naturaleza y fines similares.
Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las Reales Academias y Academias oficialmente establecidas y reconocidas. También, en su caso, otras instituciones y organizaciones que acrediten realizar actividades de tipo cultural, científico, investigador y de difusión del saber, con carácter y naturaleza similares a las Academias.
Deberán cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El crédito incluido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010 es de 1.087.830 euros.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa