Convocatoria 2014
Se trata de subvenciones para financiar el desarrollo de actividades de las Reales Academias y Academias de ámbito nacional, derivados del cumplimiento de su labor cultural, científica, investigadora y de difusión del saber en sus diversos campos. Se conceden en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria pública.
El objeto del presente procedimiento es financiar los gastos derivados del desarrollo de actividades de las Reales Academias y Academias de ámbito nacional, así como los gastos de funcionamiento de las entidades beneficiarias necesarios para la realización de dichas actividades.Salto de línea Estas ayudas pretenden fomentar el cumplimiento de los siguientes fines y objetivos: el impulso de la investigación y del estudio de las distintas ramas del saber; la divulgación de las ciencias, las letras y las artes; y la función consultiva y de asesoramiento a las Administraciones públicas. Los destinatarios de estas actividades son los ciudadanos y las Administraciones.Salto de línea El procedimiento de concesión de las subvenciones se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.Salto de línea
Podrán ser beneficiarias de las presentes subvenciones las Reales Academias y Academias, que hayan sido oficialmente establecidas y reconocidas, cuyos Estatutos les atribuyan de manera expresa un ámbito que se extienda a todo el territorio nacional, y que realicen actividades dirigidas al impulso de la investigación y del estudio de las distintas ramas del saber, la divulgación de las ciencias, las letras y las artes, y el asesoramiento a las Administraciones públicas. También podrán ser beneficiarias, en su caso, otras instituciones que, sin tener la denominación de Academias, tengan un carácter y naturaleza similares a las Academias y el mismo ámbito nacional.
141.720 euros.
Una vez cumplimentada y confirmada la solicitud y adjuntada, en formato electrónico, toda la documentación preceptiva que se señala en la Orden de convocatoria, caben dos posibilidades alternativas:
Registro Electrónico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.Salto de línea Registros del Ministerio de Educación y demás Registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Salto de línea
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa