Pleno

El Pleno del Consejo Escolar del Estado está compuesto por la Presidenta, el Vicepresidente y los Consejeros y las Consejeras.Salto de línea Salto de línea El Pleno debe ser consultado sobre las cuestiones siguientes:

  • La programación general de la enseñanza.
  • Las normas básicas que haya de dictar el Estado para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución o para la ordenación general del sistema educativo.
  • Todas aquellas otras en que, por precepto expreso de una Ley, haya de consultarse al Consejo Escolar del Estado en Pleno.
  • Aquellas cuestiones que, por su trascendencia, le sean sometidas por el Ministro de Educación y Formación Profesional.

Igualmente corresponde al Consejo Escolar del Estado en Pleno:

  • Aprobar el Informe anual elaborado por la Comisión Permanente sobre el estado y situación del sistema educativo y hacerlo público.
  • Aprobar y elevar al Ministerio de Educación y Formación Profesional las propuestas de la Comisión Permanente sobre cuestiones relacionadas con los puntos antes enumerados.

Composición

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