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Es competencia de este Ministerio:

  • Títulos correspondientes a enseñanzas establecidas en Ley General de Educación de 1970: Certificado de Escolaridad, Graduado Escolar, Bachiller, Técnico Auxiliar, Técnico Especialista, Certificado de Escolaridad de F.P.I., Certificado de Aptitud de Idiomas.
  • Títulos establecidos en sistemas educativos anteriores a la Ley General de Educación de 1970: Título de Maestro Industrial, Oficial Industrial, Diploma de Óptico de Anteojería, Auxiliar de Empresa, Auxiliar Intérprete de Oficina Mercantil, Perito Mercantil, Perito Taquígrafo-mecanógrafo, Profesora de Enseñanzas de Hogar, Matrona, Practicante, Técnico Ortopédico.
  • Títulos de Enseñanzas Artísticas establecidos con anterioridad a la Ley General de Educación de 1970: Artes Aplicadas y Oficios Artísticos (Graduado en Artes Aplicadas, Graduado en Cerámica, Perito en Técnica Cerámica, Perito en Cerámica artística). Títulos de enseñanzas musicales correspondientes a planes de estudios de 1942 y 1966, Diploma de Cantante de Conjunto Coral, Diploma de Cantante de Ópera, Diploma Superior de Especialización para Solistas).
  • Títulos correspondientes a enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), y la Ley Orgánica de Educación (LOE), obtenidos en centros docentes incluidos en el ámbito de gestión directa de este Departamento:
    • Centros docentes situados en Ceuta y Melilla.
    • Centros docentes en los que se desarrolla la acción educativa española en el exterior.
    • Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia de este Departamento (CIDEAD).
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