Formación Profesional

A modo de explicación

En el siglo XIX la formación profesional estaba adscrita a la Dirección General de Instrucción Pública, que tenía tanto el régimen jurídico de sus centros, como el del personal docente. La Formación Profesional estaba incluida dentro de los estudios de Bachillerato, en los denominados Institutos de Enseñanzas de Aplicación, cuando estaban separados de los centros de Bachillerato o bien en las denominadas asignaturas de aplicación, cuando estaban integrados en dichos centros. Tanto los Institutos de Enseñanzas de Aplicación, el primero de ellos en crearse fue el del Instituto Industrial de Madrid, que desaparece en el primer tercio del siglo XIX, como las asignaturas del mismo signo, tuvieron una vida muy azarosa, desapareciendo cuando los gobiernos conservadores accedían al poder, y publicaban los planes de estudio de la enseñanza media, siempre de tipo humanista y con mucho interés por las enseñanzas técnicos-profesionales.

Por otra parte tanto las asignaturas de aplicación como los Institutos Técnicos, tenían el carácter de medio de acceso a la Enseñanza Superior Especial o Profesional. En 1886, se crea una Escuela General Preparatoria de Ingenieros y Arquitectos, para los aspirantes a ingresar en las Escuelas Especiales. Cuando se crea en el Conservatorio de Artes una escuela de Artes y Oficios, en el año 1871, con ello se pretendía llenar el vacío dejado por la desaparición del Instituto Industrial de Madrid, y podemos decir que comienza la andadura de la Enseñanza Profesional en nuestro país.

En cuanto a las Enseñanzas Especiales, hay que decir que en el siglo XIX, se entendía por ellas, según la definición contenida en el Plan de Estudios de 1836, las Escuelas de Caminos y Canales, Minas, Agricultura, Comercio, Bellas Artes y Escuelas superiores de Artes y Oficios. Estas escuelas dependían de la Dirección General de Industria, Comercio y Agricultura, del Ministerio de Fomento, en cuanto a la dependencia económica, pero el régimen jurídico de su personal docente y los planes de estudios por lo que se habían de regir, los imponía la Dirección General de Instrucción Pública. La Escuela Superior de Arquitectura, dependía a efectos administrativos de la Academia de San Fernando desde 1864.

A partir de la Ley de Moya, las Escuelas Especiales quedaron sometidas al régimen general, clasificándolas según la naturaleza y carácter de los estudios. Por tanto equiparó a unas con Institutos de Segunda Enseñanza y otras con Facultades Universitarias. Así las Escuelas de Comercio e Industriales, quedaron como Institutos de carácter técnico, mientras que el resto de las Escuelas Especiales se agruparon bajo la denominación de Enseñanza Superior y Profesional, y se unen a las tradicionales de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Montes, Agrícolas, Arquitectura, la de Notariado y Diplomático.

Con el transcurso del tiempo a éstas se fueron uniendo algunas más, como la Náutica, Idiomas, Maestros, Matronas, clasificándolas como Institutos Técnicos y otras como enseñanza superior técnica, según los casos.

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