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Órganos competentes para la tramitación y resolución

La tramitación de los expedientes depende de su lugar de residencia.

  • Con domicilio en Cataluña: Enlace al servicio competente Nueva ventana
  • Con domicilio en Galicia: Enlace al servicio competente Nueva ventana
  • Con domicilio en el País Vasco: Enlace al servicio competente Nueva ventana
  • En cualquier otro lugar de España:
    • Las Áreas de Alta Inspección de Educación en las Delegaciones del Gobierno Nueva ventanaen las Comunidades Autónomas, si los estudios están recogidos en tablas de equivalencia (ver ficha de países y sistemas educativos).
    • Las Direcciones Provinciales del Ministerio en CeutaNueva ventana y MelillaNueva ventana
    • El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a través de la Subdirección General de Ordenación Académica (Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato -si los estudios o títulos no están recogidos en tablas de equivalencia-; Estudios de Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas Deportivas) o la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional (títulos y estudios extranjeros de Formación Profesional).
  • Fuera de España: Las Consejerías de Educación de las Embajadas de España en el extranjero, respecto de todas las solicitudes presentadas en su ámbito, con independencia de la nacionalidad del solicitante o del sistema educativo a que se refieran. Resolución del expediente
  • Mediante Orden del titular de este Ministerio firmada por delegación por el titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial o de la Dirección General de Formación Profesional, dependiendo del tipo de enseñanzas.

Expedición de la credencial (en el supuesto de resolución favorable)

La Subdirección General de Ordenación Académica expide la credencial acreditativa de la resolución en los casos de concesión de homologación o convalidación de títulos y estudios de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas Deportivas.

La Subdirección General de Orientación y Formación Profesional, expide la credencial en caso de concesión de homologación o convalidación de títulos y estudios españoles de Formación Profesional.

Las Comunidades autónomas de Cataluña, Galicia y del País Vasco tramitan y resuelven la homologación y convalidación de estudios extranjeros no universitarios respecto de las solicitudes en las que el domicilio esté dentro de su ámbito.

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