Convocatoria 2018-2019
La becas ofrecen a estudiantes con discapacidad intelectual formación complementaria que les facilita la adquisición de estrategias, habilidades y competencias personales y profesionales encaminadas a completar su formación y preparación para el acceso al mercado laboral.
Personas de nacionalidad española y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con un grado de discapacidad intelectual reconocida igual o superior al 33%, que estén realizando un programa o itinerario de inserción laboral individual orientado a la integración laboral.
5 plazas:
a) Poseer una discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento.
b) Estar realizando, un programa o itinerario de inserción laboral individual que contemple prácticas formativas como complemento de las acciones orientadas a la integración laboral de los beneficiarios. Estos programas deben estar desarrollados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que se ajusten a lo establecido en el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Dichas entidades deben asimismo asegurar el seguimiento de la formación obtenida por los beneficiarios de estas becas mediante un preparador laboral que acompañe a cada beneficiario el tiempo necesario desde el inicio de la actividad formativa.
c) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca.
No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.Salto de línea
La dotación íntegra máxima de cada beca de formación será de 2.760 euros y se distribuirá en seis meses, por importe de 460 euros por cada mes de duración.
La solicitud se realizará preferentemente por vía electrónica, a través del botón "acceso al servicio on line" de la parte superior de la página. Para formalizarla cada aspirante deberá contar con la asistencia de un preparador laboral de la entidad promotora de su programa o itinerario de inserción laboral que le acompañará en los trámites de solicitud, selección, instrucción, y resolución, y en su periodo formativo.
O bien, una vez cumplimentada la solicitud por vía electrónica, se podrá imprimir y presentar en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de asistencia en materia de registro .
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa