Convocatoria de Septiembre 2019
Convocatoria de pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional en el Exterior dirigida a aquellos aspirantes que carezcan de los requisitos académicos necesarios para cursar estos estudios.
Personas adultas que tengan cumplidos o cumplan dicisiete años en el año 2019 y no reunan los requisitos académicos de acceso.
Los solicitantes deben encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:
Tener la nacionalidad española y residir temporal o habitualmente en el extranjero.
No tener la nacionalidad española, residir en el extranjero y haber cursado previamente enseñanzas regladas del sistema educativo español.
Las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio se realizarán:
Convocatoria de septiembre: el dia 18 de septiembre de 2019
Las pruebas para los aspirantes que residen en el extranjero se realizarán en las embajadas de España, en los consulados generales de España o en los centros de titularidad del Estado español en el exterior que la embajada determine.
La exposición pública de los aspirantes admitidos se realizará en los mismos lugares previstos a partir del 11 de septiembre de 2019 para la convocatoria de septiembre.
Para la inscripción en las pruebas, los aspirantes deben cumplimentar la solicitud, cuyo modelo se establece en el anexo I de la Resolución de 21 de marzo de 2019.
Este modelo estará también disponible en el sitio web de este Ministerio en Todo FP
Para efectuar la isncripción, todos los aspirantes deberán presentar:
1. Solicitud de inscripción, según modelo que figura en el Anexo I de la resolución de 21 de marzo de 2019.
2. Original o fotocopia del documento nacional de identidad, tarjeta de extranjero, permiso de residencia (temporal o definitivo), visado de estudios (Regimen especial de estudiantes extranjeros) o pasaporte, en el caso de que no se preste el consentimiento para la verificación de los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, según establece el artículo unico del Real Decreto 552/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
3. Declaración responsable, confirme al modelo establecido en el Anexo IV de esta resolución, de no reunir, en el día de realización de la prueba, los requisitos académicos de acceso directo al ciclo formativo al que pretende acceder el solicitante o de no reunir las condiciones de exención total de la prueba a la que concurre.
4. Los aspirantes sin nacionalidad española y residentes en el extranjero han de presentar certificación académica de haber cursado enseñanzas regladas del sistema educativo español.
5. Certificado de residencia en el país de destino.
6. En el caso de que el aspirante solicite alguna de las exenciones de las previstas en el punto octavo de esta resolución, deberá hacerlo constar en la solicitud de inscripción, adjuntando a la misma original o fotocopia de la documentación que permita verificar la exención solicitada.
Los alumnos que se hayan presentado en la convocatoria de Junio no necesitan volver a presentar la solicitud. Únicamente comunicarán a la sede donde realizaron el examen de la convocatoria de Junio, su interés en participar en la convocatoria de Septiembre.
Anexo IV.Declaración responsable.
Los aspirantes podrán presentar la solicitud Anexo II debidamente cumplimentada junto con el resto de la documentación exigida en la convocatoria:
1. En los consuldados de España en el extranjero.
2. En la secretaría del CIDEAD: cidead@educacion.gob.es
o bien:
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el articulo 16.4 d la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Consulta las oficinas de registro.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa