Convocatoria 2022
Publicada la resolución de solicitudes admitidas a trámite
La realización de estancias en el extranjero del profesorado universitario e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente. Los centros para los que se solicite la estancia de movilidad deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos en el área científica del candidato.
Profesores o investigadores con vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecientes a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o con vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, para cuya formalización se haya exigido tener el grado de doctor, o que formen parte de las plantillas encargadas de las tareas de investigación en hospitales universitarios.
Dicha vinculación ha de ser con un centro de investigación que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 8 de la convocatoria.
El número de ayudas previstas es 400 estancias, de las cuales, hasta 70 podrán corresponder a estancias en EE.UU., en el marco del Programa Fulbright.
La persona solicitante deberá disponer de una dirección de correo electrónico actualizada a efectos de notificación.
Las subvenciones conllevan:
Estas dotaciones varían en función del país de destino y los importes de cada país figuran en el Anexo de la convocatoria.
Respecto a la asistencia sanitaria, los beneficiarios que pertenezcan al Régimen General de la Seguridad Social y tengan el centro receptor en países en los que no tenga validez la Tarjeta Sanitaria Europea, deberán suscribir una póliza de asistencia, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda en concepto de gastos de instalación.
Los beneficiarios que pertenezcan a MUFACE disfrutarán de la asistencia sanitaria en el extranjero en los términos establecidos y cubiertos por su mutualidad y sólo podrán imputar la contratación de un seguro de asistencia en aquellos casos en los que el centro receptor exija la contratación obligatoria de una póliza concreta o con unas condiciones que no cubra MUFACE.
Los beneficiarios no podrán percibir ninguna cuantía destinada a los gastos de viaje y estancia en el extranjero con cargo a ningún proyecto ni similar.
Para más información a este respecto ver el artículo 22 de la convocatoria.
Base de Datos Nacional de Subvenciones
Fecha de publicación 27-12-2022
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
Para consultas de profesores e investigadores solicitantes:programa.movilidad@universidades.gob.es
Para consultas de los organismos de adscripción:movilidad.organismos@universidades.gob.es