Pueden solicitar cambio de título los Ayudantes Técnicos Sanitarios / Diplomados/ Graduados en Enfermería que poseen un título de especialista de especialidades que han sido suprimidas y desean que se les emita un nuevo título de especialista.
Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería - Disposición adicional segunda
Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista.
Especialidades suprimidas | Especialidades que se pueden solicitar |
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Neurología: Decreto 3192/1970, de 22 de octubre, Decreto 2233/1975, de 24 de julio, Decreto 203/1971, de 28 de enero, Decreto 1153/1961, de 22 de junio, Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, | Enfermería de Cuidados Médico- Quirúrgicos |
Pediatría y Puericultura: Decreto 3524/1964, de 22 de octubre, | Enfermería Pediátrica |
Psiquiatría: Decreto 3193/1970, de 22 de octubre, | Enfermería de Salud Mental |
Asistencia Obstétrica (Matrona): Decreto 18 de enero de 1957, modificado por el Real Decreto 2287/1980, de 26 de septiembre | Enfermería Obstétrico - Ginecológica (Matrona) |
Nota importante: el plazo para solicitar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la expedición de nuevos títulos de especialista, en sustitución de los correpondientes a las especialidades suprimidas según lo previsto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, finaliza el 7 de agosto de 2015. (Disposición transitoria Segunda del Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialistas.
Las solicitudes del nuevo título de Enfermero Especialista, se dirigirán al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte junto a la documentación requerida. Al objeto de facilitar la tramitación, se adjunta modelo de instancia para la solicitud de cambio de título.
Junto a la solicitud cumplimentada y firmada por el solicitante, hay que aportar:
Las copias de todos los documentos aportados deben estar debidamente compulsadas:
Los organismos autorizados para compulsar los documentos que deben acompañar la solicitud son:
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa