Convocatoria 2021
En aplicación del artículo 30.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el plazo de inscripción al día 2 de marzo únicamente para los centros de la comunidad andaluza y Baleares. Acceso sede electrónica
Necesario subir justificante de registro de impreso oficial en caso de no realizar todo el trámite (hasta registro) por sede electrónica.
La solicitud tiene que quedar en:
Estado: "Confirmada con justificante de registro" o bien Estado: "Registrada"
Reconocimiento público de los centros docentes, tanto públicos como privados sostenidos con fondos públicos y privados, que fomenten el aprendizaje de la salud en el ámbito educativo, así como la asunción de prácticas de vida saludable y una educación física que permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarización de los alumnos.
Cualquier centro docente, tanto público como privado sostenidos con fondos públicos y privado, que asuma un compromiso firme e inequívoco con el desarrollo y mejora de la calidad educativa y de la salud.
Se deberá cumplimentar, firmar y registrar el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través del botón de Acceso al servicio online, al principio de está página.
IMPORTANTE: La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha introducido cambios importantes en el proceso de registro.
ATENCIÓN: La solicitud se considerará presentada correctamente si dentro del plazo de presentación:
La Comisión Evaluadora para la concesión del distintivo "Sello Vida Saludable" estará integrada por el titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, que la presidirá, el titular de la Subdireccción General de Centros, Inspección y Programas, que ejercerá la vicepresidencia, y tres funcionarios pertenecientes a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa de nivel 26 o superior, uno de los cuales ejercerá la secretaría de la Comisión. Asimismo, el Presidente podrá convocar a las reuniones de la Comisión, con voz pero sin voto, a aquellas personas que por sus cualidades, conocimiento o experiencia estime conveniente para el mejor asesoramiento de la Comisión Evaluadora.
La Comisión evaluadora verificará y evaluará la documentación presentada atendiendo a lo dispuesto en el apartado dos de la Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establece el procedimiento para la concesión del distintivo de calidad Sello Vida Saludable, y a la vista de ello elevará la propuesta de resolución a la Secretaría de Estado de Educación.
La Comisión Evaluadora podrá solicitar de otras administraciones públicas los informes que estime oportunos para el mejor desarrollo de su función.
Teléfono: 91 701 82 46
Correo electrónico: programas.centros@educacion.gob.es
o bien:
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa