Convocatoria 2019
Publicada versión actualizada de las Instrucciones para la implementación de las medidas a adoptar por COVID-19 (28 octubre)
La realización de estancias en el extranjero del profesorado universitario e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente. Los centros para los que se solicite la estancia de movilidad deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos en el área científica del candidato.
Dicha vinculación ha de ser con un centro de investigación que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 9 de la convocatoria.
El número de ayudas previstas es 400 estancias, de las cuales, hasta 70 podrán corresponder a estancias en EE.UU., en el marco del Programa Fulbright.
Estas dotaciones varían en función del país de destino y los importes de cada país figuran en el Anexo de la convocatoria.
Ni el seguro de accidentes ni el de asistencia sanitaria, en su caso, será extensible a los familiares del beneficiario de la subvención.Salto de línea
Para más información a este respecto ver el artículo 23 de la convocatoria.
Ausencias del centro receptor por motivos derivados del proyecto
Interrupciones de las estancias
Interrupciones recuperables de las estancias
Prolongación de la estancia tras fecha final concedida
Solicitud excepcional reembolso gastos extraordinarios
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa