Convocatoria 2019-2020
El objeto específico de las becas es la formación especializada aplicada en áreas educativas y de formación desarrolladas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, promoviendo la participación y colaboración de los beneficiarios en las tareas formativas que le sean encomendadas en las unidades administrativas responsables de aplicar los respectivos planes de formación
Personas de nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, o de los países signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con perfecto dominio de la lengua española y residencia en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca, que estén en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca.
Total: 72
El disfrute de una de estas becas es incompatible con cualquier otra beca que suponga remuneración directa o ayuda financiada con fondos públicos españoles. También será incompatible con la realización de actividades productivas retribuidas que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los que tengan carácter esporádico con una duración acumulada inferior a dos meses por año y dedicación no mayor de media jornada, siempre que no afecte a la finalidad y requerimientos formativos de la beca, y que se trate de ocupaciones no vinculadas directa o indirectamente con la Unidad donde se realiza la formación.
La dotación íntegra máxima anual de cada proyecto de formación será de 12.324 euros y se distribuirá en doce meses por importe de 1.027 euros por cada mes de duración.
La solicitud se realizará de forma electrónica a través del botón de "Acesso al servicio online" que se encuentra en la parte superior de la página.
Recuerde que una vez generada la solictud tiene que proceder a registrarla dentro del servicio online.
Cada aspirante podrá optar por tres perfiles de becas, presentando una única solicitud, con indicación del orden de preferencia en caso de resultar seleccionado en varios perfiles.
Solicitudes admitidas y excluidas
Fecha de publicación: 13 de junio de 2019
La inclusión en las listas de admitidos no implica la concesión de la beca, sino que la solicitud cumple los requisitos formales que establece la convocatoria. Por tanto será evaluada por la Comisión de selección, seguimiento e interpretación.
Las solicitudes excluidas tienen de plazo 10 días hábiles para subsanar los motivos de la exclusión. Los días empiezan a computar desde la publicación en esta sede electrónica o, en su caso, desde la recepción de la notificación por medios electrónicos para los supuestos de requerimiento personal de subsanación.
Solicitudes admitidas y excluidas
Fecha de publicación: 10 de julio de 2019
La inclusión en las listas de admitidos no implica la concesión de la beca, sino que la solicitud cumple los requisitos formales que establece la convocatoria. Por tanto será evaluada por la Comisión de selección, seguimiento e interpretación.
Se reflejan los listados, agrupados por perfiles, con la puntuación de los candidatos en la primera fase. Para aquellos perfiles que tengan segunda fase se indica si están preseleccionados para la entrevista o, en su caso, prueba de idiomas.
Propuesta de Resolución Provisional con listados de beneficiarios y suplentes
Fecha: 21 de agosto de 2019
Propuesta de resolución de las becas para la formación especializada por la que se complementa y modifica la propuesta de resolución anterior de fecha 13 de agosto de 2019
Dirección General de Formación Profesional. Articulado y Anexos I y II
Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. Articulado y anexos I y II
Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. Articulado y anexos I y II
Anexo III. Lista común de suplentes aplicable a todas las Resoluciones de concesión
Fecha de publicación en la web: 23 de septiembre de 2019
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa