Concurso específico de méritos del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Convocatoria 2023
COBERTURA DE PUESTOS MEDIANTE CONVOCATORIA PÚBLICA A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCURSO O LIBRE DESIGNACIÓN
Concurso específivo de meritos del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Personal Funcionario.
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Documentación a aportar para acreditar, dentro de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que la persona solicitante se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo:
Resolución de 3 de enero de la Subsecretaria del MEFP, bases de la convocatoria y anexos.
La establecida en la convocatoria.
La presentación se realizará de forma telemática a través del Portal «Funciona»Enlace externo, se abre en ventana nueva , siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico:
Excepcionalmente, si el empleado público no pudiera acceder a la citada modalidad telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como Anexo II de esta Resolución, en el mismo plazo, en el Registro General del Departamento (C/ Los Madrazo, 15, 28071 Madrid) o en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán a la Subdirección General de Personal, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en el Registro General del Departamento (C/ Los Madrazo, 15, 28071 Madrid) o en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos expresamente previstos en la base tercera y antes citados.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa