Programa PEP
MANUAL DE USUARIO (Programa PEP)
PREGUNTAS FRECUENTES (Programa PEP)
Resolución de incidencias técnicas:
Enlace: Incidencias
Recuperación de CV antigua aplicación:
Enlace: Manual para la recuperación de curriculum Salto de línea
Acceso a la aplicación antigua:
Enlace: Acceso a la solicitud (aplicación antigua, SOLO CONSULTA)
Procedimiento para la obtención de la evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y de su certificación, a los efectos de contratación de personal docente e investigador universitario.
Interesados en ser contratados por las universidades españolas en las figuras contractuales de Profesor Contratado Doctor, Profesor Ayudante Doctor y Profesor de Universidad Privada.
Para participar en esta convocatoria es necesario poseer el título de Doctor. En caso de que el título esté en proceso de homologación, podrá solicitar la evaluación. No obstante, ésta no tendrá efectos hasta la homologación efectiva del título.
Enlaces de interés: información de seguridad de acceso
Será necesario estar en posesión de DNI o NIE
Enlaces de interés:
Obtención de certificado electrónicoSalto de línea Registro Cl@ve
(Clave Pin y Clave Permanente)Salto de línea Activar Cl@ve Permanente
Salto de línea Registro presencial Cl@ve
Salto de línea ¿Qué es Cl@ve?
Enlace: Incidencias
Enlace: Guía de ayuda de ANECA
Email: En la página del Programa PEP de la ANECA
dispone de más información de este procedimiento.
El plazo máximo de resolución de este procedimiento es de 6 meses a contar desde la fecha de registro de la solicitud. Recibirá el documento de certificación de la evaluación a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En caso de disconformidad con la resolución podrá interponer un recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la misma, ante la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación contra la resolución de certificación negativa de cada una de las figuras solicitadas y presentarlo en cualquier registro de la Administración Pública dirigido a:Salto de línea Ministerio de Ciencia, Innovación y UniversidadesSalto de línea Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e InnovaciónSalto de línea P. ° de la Castellana, 162Salto de línea 28046-MadridSalto de línea
El artículo 48.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece la obligación de dar publicidad a los concursos de contratación de personal docente e investigador en las Universidades públicas. Igualmente indica que será el Consejo de Universidades el órgano encargado de dicha tarea, previa comunicación por parte de las Universidades con suficiente antelación. Contacto: contratos@mecd.es .